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jueves, 20 de octubre de 2016

Posicionamiento de la Asociación Canaria de Enfermeros en Vacunología (ACEVAC) sobre la campaña de vacunación antigripal 2016-2017.

La campaña de vacunación frente a la gripe estacional 2016-2017 dará comienzo el próximo 25 de octubre en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por este motivo, y dada la situación jurídica actual en la que se encuentran los profesionales de la enfermería, la ACEVAC, al igual que lo han hecho el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, Colegio Oficial de Enfermeros de Santa Cruz de Tenerife y el Sindicato de Enfermería SATSE, quiere manifestar su posicionamiento al respecto:

1. En primer lugar, la ACEVAC manifiesta que está totalmente a favor de la vacunación frente a la gripe estacional, y de colaborar, como Asociación compuesta por profesionales de enfermería, para que la campaña se desarrolle de manera eficiente y efectiva, pero siempre dentro del marco legal que establece el ordenamiento jurídico español. 
2. Que el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, establece en su artículo 3 (Indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos de uso humano sujetos a prescripción médica), apartado 2:

    • “Para el desarrollo de estas actuaciones, tanto el enfermero responsable de cuidados generales como el enfermero responsable de cuidados especializados deberán ser titulares de la correspondiente acreditación emitida por la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad conforme a lo establecido en este real decreto.” 
    • En todo caso, para que los enfermeros acreditados puedan llevar a cabo las actuaciones contempladas en este artículo respecto de los medicamentos sujetos a prescripción médica, será necesario que el correspondiente profesional prescriptor haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el artículo 6 de este Real Decreto. Será en el marco de dicha guía o protocolo en el que deberán realizarse aquellas actuaciones, las cuales serán objeto de seguimiento por parte del profesional sanitario que lo haya determinado a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad conseguida por el tratamiento.
La ACEVAC manifiesta que al no haber sido emitida ninguna acreditación a los profesionales de enfermería, no haber sido publicados los pertinentes protocolos o guías de práctica clínica y asistencial y siendo la vacuna un medicamento sujeto a prescripción médica, los profesionales de enfermería que vayan a administrar una vacuna en la campaña de vacunación antigripal 2016-2017 deberían hacerlo conforme al citado Real Decreto, con objeto de que les pueda amparar el marco legal vigente.
De la misma manera, la ACEVAC hace extensible este posicionamiento para la administración de cualquier vacuna que esté sujeta a prescripción médica.

Santa Cruz de Tenerife a 21 de octubre de 2016